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Mató a su esposa y cuñada. Casi mata a la suegra. Lo condenaron a prisión perpetua en Jujuy (Yuto)

Foto: Juan Quispe

En el mes de abril del año 2022, en la localidad de Yuto, un esposo, mató a su mujer, a su cuñada, y un tiro no salió del arma, que era para la suegra. Niños quedaron huérfanos. La noticia causó alarma y reveló varias ineficiencias en el sector estatal ante la desidia que la familia hoy sigue reclamando, y por el cual hay una denuncia con abogados. La crónica de dos muertes de una familia jujeña.

Hechos

De acuerdo con la acusación de la Fiscalía, el 15 de abril de 2022, Reinaldo Javier Broi se acercó a su ex pareja Pamela Noemí Gorosito cuando arribaba a su domicilio ubicado en el barrio Jardín de la localidad de Yuto.

La mujer en ese momento tomó la decisión de ingresar a su domicilio y en forma agresiva Broi la agarró de los brazos y la tironeó para que no pudiera entrar.

Por miedo, ella ingresó al interior del inmueble, y luego el acusado, sin autorización, ingresó por detrás de Pamela hasta llegar al sector de la cocina, deponiendo la acción ante la intervención de Ramona Gorosito, por lo que se retiró del lugar.

Ese mismo día, a las 23 horas aproximadamente, Reinaldo Broi se presentó en una vivienda ubicada en el barrio Sur de Yuto, en donde se encontraba Pamela Gorosito, llevando consigo una escopeta y un machete.

El acusado ingresó al lugar a la fuerza, pese a la negativa de la víctima, materializando con ello la creencia que las mujeres son seres inferiores y deben acatar sus órdenes.

Una vez en el interior, en forma agresiva y violenta, agredió físicamente a Pamela propinándole golpes de puños, patadas en el cuerpo y en la cabeza, sacándola del interior del inmueble a golpes, arrojándola después en el piso del patio delantero de la vivienda para continuar golpeándola. En esas instancias, cuando la víctima suplicaba por su vida, el acusado le asestó varios machetazos en la cabeza, provocándole la muerte en el lugar.

Al notar el deceso de la mujer, Broi escapó del inmueble dándose a la fuga con dirección a las vías, en ese transcurso se encontró con Ramona Gorosito, hermana de la víctima, a la que agredió físicamente tirándola al suelo, y aprovechando que se encontraba indefensa y por el odio que le tenía por el solo hecho de ser mujer, disparó contra ella impactando el proyectil en el rostro. Ramona a los pocos minutos falleció a causa de la herida provocada con el arma.

Seguidamente, al presentarse en el lugar la madre de las víctimas, Noemí García Segundo, Reinaldo Broi en forma violenta se acercó a ella y la lesionó con un culetazo del arma directo en el rostro, para luego continuar con la fuga.

Alegatos

En los alegatos de la audiencia, el Fiscal ante el Tribunal, Dr. Alejandro Bossatti, solicitó la pena de prisión perpetua para el acusado.

Adhirieron al pedido de la Fiscalía el querellante particular Dr. Julián Martín Palmieri, como así también el Dr. Joaquín Campos en representación del Centro de Asistencia a la Víctima del Ministerio Público de la Acusación, y la Dra. Miriam Soledad Valdez y el Dr. Leonardo Rodrigo Fernández del Consejo Provincial de la Mujer e Igualdad de Género.

En tanto, la defensa del acusado fue ejercida por el Dr. Juan Pablo Canetti, Defensor Público Penal de Libertador General San Martín, perteneciente al Ministerio Público de la Defensa Penal, quién frente a la confesión de su defendido, refutó la calificación legal del segundo hecho y solicitó sea la de homicidio simple.

Los fundamentos de la sentencia serán dados a conocer dentro del plazo establecido por el Código Procesal Penal de la provincia, a partir de lo cual las partes podrán recurrir ante una instancia superior al Tribunal de juicio.

El Tribunal en lo Criminal Nº 3 condenó a Reinaldo Javier Broi a la pena de prisión perpetua por ser autor material y responsable de los delitos de “Homicidio calificado por el vínculo y por violencia de género; Homicidio calificado por odio de género; Lesiones leves en contexto de violencia de género y violación de domicilio, todo en concurso real”; teniendo como víctimas de los ilícitos a las hermanas Pamela y Ramona Gorosito en Yuto.

El Tribunal tomó la decisión por unanimidad, y estuvo integrado por las juezas Dras. Ana Carolina Pérez Rojas -presidenta de trámite- y María Margarita Nallar y el juez Dr. Mario Ramón Puig. El veredicto fue dado a conocer hoy, 21 de marzo de 2023, por el secretario a cargo, Lic. Nelson Omar Echenique.

Los magistrados, además dictaminaron la inhabilitación perpetua del condenado y comunicar la decisión al Ministerio Público de la Defensa Civil, a la Defensora General y a la Defensora Adjunta, respecto de los niños menores de edad hijos de Reinaldo Broi y Pamela Gorosito, para proceder de acuerdo conforme lo establece la ley.

El juicio se resolvió en una sola audiencia oral y pública en la que se aplicó el procedimiento especial establecido en el Artículo 492 del Código Procesal Penal de la Provincia, mediante el cual se omite la recepción de la prueba debido a que el imputado confesó su culpabilidad y se logró arribar a un acuerdo entre el Tribunal, el Fiscal y la Defensa técnica del acusado.

 

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Compras online: ropa, calzado, juguetes, celulares, computadoras, perfumes, artículos de cuidado personal, libros, insumos y repuestos, entre otras categorías

Foto: Iphone Compras online: ropa, calzado, juguetes, celulares, computadoras, perfumes, artículos de cuidado personal, libros, insumos y repuestos, entre otras categorías

El Gobierno definió que desde diciembre ampliará el límite de pequeños envíos desde el exterior y aplicará una baja de aranceles vía este sistema. Las personas humanas y empresas deberán tener en cuenta una serie de requisitos dispuestos por ARCA.

El Gobierno decidió que, a partir de diciembre, ampliará el límite de pequeños envíos desde el exterior vía courier y aplicará una baja de aranceles para las importaciones de esos artículos, que deberán ser destinados a uso personal. Las plataformas más conocidas que ofrecen estos servicios son Amazon, FedEx, DHL y UPS.

Se trata de la flexibilización de una herramienta que permitirá a los argentinos y a empresas, especialmente pymes, acceder a la importación de productos a través de este servicio, una medida que se implementa justo antes del período de Fiestas.

De todos modos, es importante tener en cuenta que existen condiciones que deberán cumplir quienes quieran realizar este tipo de compras, dispuestas por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). Entre esos requisitos se incluyen: el tope anual en la cantidad de transacciones, los tipos de bienes permitidos en un mismo paquete, el peso, la finalidad del ingreso de los productos al país, y el límite de valor, entre otros.

Actualmente, se pueden ingresar a través del sistema de courier productos como ropa, calzado, juguetes, celulares, computadoras, perfumes, artículos de cuidado personal, libros, insumos y repuestos, entre otras categorías.

Requisitos para comprar online en el exteriorLos envíos destinados a personas humanas o jurídicas como “Pequeño Envío” deberán cumplir, a partir de diciembre, con los siguientes requisitos:

  • Estar conformados por hasta 3 unidades de la misma especie.
  • No superar los 50 kg de peso.
  • Tener un valor inferior o igual a USD 3.000 por vuelo.
  • No tener un fin comercial.

Excepciones a las regulaciones

Los envíos efectuados mediante esta modalidad están exentos de cumplir con ciertos requisitos que habitualmente se aplican a las importaciones. Específicamente, se encuentran exceptuados de:

  • La intervención previa del Instituto Nacional de Alimentos.
  • Las regulaciones de la Subsecretaría de Defensa del Consumidor, particularmente la Dirección de Lealtad Comercial.
  • La tramitación de Licencias de Importación automáticas y no automáticas.
  • El cumplimiento del Régimen de Identificación de Mercaderías (estampillas fiscales).
  • Las restricciones y prohibiciones de carácter económico.

Límite de compras anuales

ARCA aclara en su página web que las personas físicas y jurídicas que deseen traer al país productos adquiridos online solo podrán utilizar el sistema de pequeños envíos cinco veces por año calendario y por persona.

Es importante destacar que un envío no puede incluir productos comerciales y personales mezclados. Solo pueden enviarse hasta tres artículos iguales, como por ejemplo, tres computadoras del mismo modelo. Además, los paquetes no podrán exceder los 50 kilogramos y deben estar valuados en un importe máximo de USD 3.000.

Cómo evitar el pago de aranceles y tasas

Otra de las medidas anunciadas por el Gobierno es que, desde diciembre, las compras en el exterior que se realicen a través del sistema courier no pagarán aranceles sobre los primeros USD 400 por envío. En estos casos, solo se abonará el Impuesto al Valor Agregado (IVA) correspondiente.

Dos ejemplos de productos muy demandados: una consola y un par de zapatillas de marca de moda. Si se compra en plataforma, como Amazon, por ejemplo, habrá que contemplar posibles costos de envío, y también impuestos puntuales del lugar de origen que pueden incrementar el ticket total.

Consola: la última versión de una de las consolas de videogames más conocidas puede comprarse por USD 699 en la cadena Best Buy.

  • Del valor total de ese producto, USD 400 no pagarán impuestos. Sólo 21% de IVA: un total de 84 dólares extra.
  • Los restantes 299 pagarán 38% de impuestos y luego 21% de IVA, según le detallaron a este medio fuentes del Gobierno. O sea, unos 500 dólares.
  • Así, el total del costo del producto puesto en Argentina será de USD 983. Eso es un 40% más de lo que pagaría alguien que compra el producto en Estados unidos en efectivo, pero casi 16% menos si se lo compara con lo que se pagaría hoy usando el actual que rige para las compras online desde el país.

    Zapatillas:

    • Uno de los modelos de una reconocida marca internacional se consigue a USD 120 en EEUU.
    • En ese caso, por el monto, sólo pagará en IVA de 21%: USD 145,2.
    • Si se lo compara con el sistema vigente hasta el momento, la importación con el nuevo esquema será un 27% más económica.

    Los cambios anunciados no afectan el sistema “puerta a puerta”, que solo puede ser utilizado por personas humanas que importen mercaderías con un valor de compra que no supere los USD 3.000. En este caso, los productos tienen un límite de 20 kilogramos por paquete y deben ser para uso personal, sin presunción de finalidad comercial.

    En las próximas semanas, se anticipan modificaciones en este régimen, según informan fuentes oficiales.

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El 23 de noviembre se realizará el Alaba Fest en Perico

Foto: Pastor Ezequiel Paz. El 23 de noviembre se realizará el Alaba Fest en Perico

En un diálogo con nuestro medio, el Pastor Ezequiel Paz, de la congregación “Iglesia Primitiva”, señaló que tienen muchas expectativas, por el mega evento a desarrollarse este 23 de noviembre en el Club Talleres de Perico.

Una de las bandas invitadas es RESCATE, perteneciente más al Rock Cristiano. En tanto, también tendrá presencia el género músical de la música anida, y como referente, llegará Máximo Paitán.

También estará presente Ministers IPDJ en alabanza y adoración. Y, Cumbia Bless, del género de cumbia.

Alaba Fest, se realizará este sábado 23 de noviembre e iniciará a las 19 horas. Las entradas anticipadas están a 10 mil pesos.

Por contactos: 3885855000 Ezequiel Paz.

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Ejesa y Agua Potable de Jujuy, imputadas por el Gobierno Nacional, por cobrar otros servicios en sus boletas

Foto: Ejesa y Agua Potable de Jujuy, imputadas por el Gobierno Nacional, por cobrar otros servicios en sus boletas

El Ejecutivo avanza en hacer cumplir la resolución que prohíbe el cobro de cargos ajenos a los servicios en las boletas. Las sanciones pueden superar los $2.000 millones.

Entre las empresas imputadas en Jujuy, exactamente en sus servicios en San Pedro, se vieron afectadas la empresa Agua Potable del Estado de Jujuy y la Empresa de Energía Eléctrica de los jujeños.

La Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía imputó a 95 empresas por haber incluido en las facturas tasas o cargos ajenos al contrato entre el proveedor y el consumidor. Se abrieron 244 expedientes vinculados a las imputaciones, uno por cada localidad donde las empresas incumplieron la norma.

Las actuaciones corresponden a facturas con vencimiento posterior al 11 de octubre, cuando entró en vigencia la resolución 267/2024, que determinó la prohibición de incluir en las facturas conceptos indebidos.La norma había establecido que ya no se pueden incluir tasas como alumbrado, barrido y vigilancia en las facturas de proveedores de servicios públicos. “La información relacionada con los conceptos contenidos en los comprobantes emitidos por los proveedores de bienes y servicios en el marco de las relaciones de consumo, conforme las denomina el Artículo 3° de la Ley N° 24.240 y sus modificatorias, deberán referirse en forma única y exclusiva al bien o servicio contratado específicamente por el consumidor y suministrado por el proveedor”, indica la resolución.

Se imputaron empresas de la ciudad de Buenos Aires y de las provincias de Buenos Aires, Misiones, San Juan, Entre Ríos, Santa Fe, Córdoba, Santa Cruz, Chubut, Chaco, Jujuy, Neuquén, Río Negro, Mendoza, Corrientes, Tierra del Fuego, Salta, San Luis, Santiago del Estero y Tucumán.

“A partir de recibir la notificación, las empresas tendrán cinco días hábiles para hacer su descargo. Cumplido ese plazo la Secretaría de Industria y Comercio sancionará a las empresas que no cumplieron la norma, de acuerdo a lo previsto por la Ley 24240 de Defensa del Consumidor, que en su artículo 47, inciso b, contempla multas de hasta 2130 millones de pesos”, informaron desde la cartera conducida por Pablo Lavigne.

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