Entre marzo y agosto de 2019, mientras el acusado visitaba el domicilio de su primo, quién es el padre de la víctima, en la localidad de Monterrico, aprovechaba los momentos en que la niña estaba sola para llevarla a una habitación y abusarla accediéndola carnalmente.
En la mañana del 24 de febrero de 2022, el Tribunal en lo Criminal Nº 3 condenó a un hombre, RRG, a la pena de 9 años de prisión efectiva por ser autor penalmente responsable del delito de “Abuso sexual simple (un hecho) y abuso sexual con acceso carnal en concurso real”, a una menor de 11 años de edad.
Asimismo, absolvió al condenado por un hecho de “Abuso sexual Simple”, por el que también fue enjuiciado.
Además, ordenó que, una vez firme la sentencia, se obtenga el perfil genético de RRG para incorporarlo al Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual.
Los hechos
De acuerdo con la acusación formulada por la Fiscalía, en octubre del año 2018, en una localidad del Departamento de Tilcara, mientras se trasladaban en un automóvil en el cuál el imputado, RRG, se encontraba sentado al lado de la menor, fue que este tocó una parte íntima del cuerpo de la niña por encima de su ropa y en contra de su voluntad.
Posteriormente, entre marzo y agosto de 2019, mientras el acusado visitaba el domicilio de su primo, quién es el padre de la víctima, en la localidad de Monterrico, aprovechaba los momentos en que la niña estaba sola para llevarla a una habitación y abusarla accediéndola carnalmente.
El Tribunal fue integrado por las juezas María Margarita Nallar – presidenta de trámite-, Ana Carolina Pérez Rojas y el juez Mario Ramón Puig. En tanto, la secretaría estuvo a cargo del Dr. Rodrigo Burgos.
Como representante del Ministerio Público de la Acusación se desempeñó el Dr. Walter Hugo Rondón, quién pidió para el enjuiciado la pena de 16 años de prisión.
La defensa técnica del condenado fue ejercida por la Dra. Silvana Carolina López y el Dr. Diego Armando Aguirre, quienes solicitaron para su defendido la absolución.
Los fundamentos de la sentencia se darán a conocer dentro del plazo legal establecido en el Código Procesal Penal de la Provincia, a partir de lo cuál las partes podrán solicitar su revisión ante una instancia superior.
Departamento de Prensa y Relaciones Públicas
Poder Judicial de Jujuy