Había sido contradada como niñera pero el infierno se fue desatando al paso del tiempo con aberraciones indescriptibles. El desgarrador caso de trata de persona, el cual tuvo como víctima a una joven que había llegado a la ciudad de Salta, procedente de Orán en busca de un mejor porvenir.
La víctima fue captada cuando se hallaba bajo un grave estado de vulnerabilidad producto de una situación de abandono familiar, de lo que se valieron los acusados para contratarla como niñera, ofreciéndole con ello una salida laboral que le permitiría mejorar su vida.
Con estas expectativas, la joven llegó a Salta y comenzó a trabaja de niñera de los acusados, en una vivienda del barrio Santa Rita, pero a los seis meses, todo cambió. Fue cuando Rueda y Peñaranda la obligaron a vestir lencería erótica, para luego tomarle fotografías e incluso la filmaron, obligándola a realizar distintas poses sugestivas.
Toda esta producción fue subida luego a un sitio de servicio sexuales para adultos, con lo cual comenzaron a contactar a clientes, siendo obligada la joven a atender a cada uno de ellos, lo cual sucedía desde las 10 de la mañana hasta la 5 de la madrugada siguiente.
Aunque en su inicio, los acusados le dijeron a la víctima que parte del dinero iba a quedar con ella, con el correr del tiempo se apropiaron de toda la plata que recaudaba por los servicios sexuales, sumas oscilaban entre los 1000 y 3000 pesos.
Los acusados ejercían un control minucioso de los horarios y el dinero que debía cobrar por los servicios sexuales, los que se llevaban a cabo en el cuarto de un hotel del macrocentro contratado por la pareja, la cual monitoreaba desde la calle la entrada y salida de los clientes.
“La explotación sexual ya no se representa a través de la escenografía del cabaret o del prostíbulo, pues ahora hay lazos más invisibles, lo cuales complejizan la investigación penal de los casos y exigen una mirada más aguda”, sostuvo el fiscal.
Mediante estas nuevas modalidades, tanto de captación y explotación, como el uso de Internet, los acusados, en su perversidad, no sólo pactaron citas en esta ciudad, sino también en Jujuy y hasta en el Estado Plurinacional de Bolivia.
“La fiscalía ha podido acreditar que la víctima fue explotada sexualmente en un hotel en la vecina provincia, como así también en Bolivia”, afirmó el fiscal, quien señaló que el sometimiento se extendió por ocho años hasta que tomó contacto con el cliente que la sacó de ese ambiente.
Entre otros indicadores de este delito, los acusados ejercieron tanta violencia moral y psíquica contra la víctima, al punto tal de que la víctima se convirtió en una “cosa”, a través de la cual se aseguraron un importante ingreso económico, tanto que no sólo adquirieron bienes importantes, sino que los integrantes de la familia dejaron de trabajar para subsistir solamente de lo que se recaudaba con la víctima.
El caso se formalizó el 15 de octubre pasado, tras la detención de Pedro Darío Javier Peñaranda y Natali Vanesa Rueda, a quienes la fiscalía le imputó el delito de trata de personas con fines de explotación sexual en perjuicio de su niñera.
Después de seis meses de investigación, el caso, que alcanzó el estándar de emblemático por la crueldad evidenciada contra la víctima, su historia de vida y las circunstancias en que fue rescatada, se resolvió a través de la aplicación de una de las medidas alternativas contempladas por el Código Procesal Penal Federal.
Sobre este punto, el fiscal resaltó el valor de estas herramientas promovidas a través del artículo 22 del CPPF, norma que definió como “una ventana” a través de la cual los operadores del sistema acusatorio pueden arribar a una resolución de conflictos que restablezca la paz social y armonía entre las partes.
En este caso, resaltó la predisposición de la defensa por arribar a un acuerdo de juicio abreviado, mediante el cual se evitó que la víctima reviva episodios dolorosos y, a la vez, se obtuvo una importante reparación económica, la cual le permitirá avanzar en su proceso de recuperación y reinserción laboral.
Sobre la calificación penal, ratificó la imputación de trata de personas con fines de explotación sexual, al cual le sumó los agravantes de haber sido cometido mediante engaño y por haberse consumado, delito por el cual la pareja aceptó una condena de 6 años de prisión.