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Si la SU.SE.PU. defiende más a EJESA, que EJESA, le pague el sueldo a los empleados de este organismo jujeño

Foto: Facebook

La Superintendencia de Servicios Públicos de Jujuy ha dejado en evidencia sus verdaderos objetivos como organismo fiscalizador y de control al mostrar su favoritismo hacia la empresa EJESA, a quien solicitó aumentar las tarifas de luz para los usuarios jujeños, en detrimento de su deber de proteger los intereses de los usuarios. Estos aumentos han sido significativos, superando en la mayoría de los casos el 200% y el 300%. Esto plantea una situación preocupante, ya que el salario del Presidente de la SU.SE.PU, Carlos Oehler, sus vocales y demás funcionarios, es financiado por los ciudadanos jujeños, mientras que sus acciones parecen perjudicar directamente a estos mismos ciudadanos, quienes podrían enfrentar cortes de energía debido a la imposibilidad de pagar las tarifas elevadas.

Si bien la Superintendencia de Servicios Públicos y Otras Concesiones tiene como función principal regular, controlar y fiscalizar los servicios públicos relacionados con la energía eléctrica, el agua potable, el tratamiento de desagües cloacales y otros servicios, en Jujuy parece que esta función no se cumple de manera adecuada.

Ante esta situación, surge la interrogante de por qué mantener un organismo que no trabaja en favor de los ciudadanos. ¿Cuál es el propósito de pagar los sueldos de funcionarios que actúan en contra de los intereses de los usuarios? ¿Para qué tener un organismo de control que respalda a empresas como EJESA, que están incrementando excesivamente los precios de la energía eléctrica en la provincia?

Estas preguntas reflejan la creciente preocupación de la población jujeña respecto a la transparencia, la equidad y la efectividad de las instituciones encargadas de velar por los servicios públicos y el bienestar de la comunidad.

Por ahora, distintos organismos de defensa al consumidor como Proconsumer, de la Dra. Claudia González, OCUJ, de la Dra. Patricia Tabera, CODELCO, de la Dra. Alicia Chalabe, que son del sector privado, están defendiendo más al ciudadano que otras del estado provincial.

En tanto, organizaciones sociales y otros, están reaccionando desde lo legal para evitar más atropello de empresas privadas y del mismo aparato estatal jujeño.

 

 

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SOCIEDAD

Presentaron acción de amparo contra la empresa NATURGY NOA S.A. (gas en Jujuy) por cobro de tasa municipal

Foto: Presentaron acción de amparo contra la empresa NATURGY NOA S.A. (gas en Jujuy) por cobro de tasa municipal

Desde el Consejo Defensor del Contribuyente, Usuario y Consumidor de Jujuy (CODECU), compartieron la siguiente información:

“NUEVA PRESENTACION DEL CODECUC ANTE LA JUSTICIA FEDERAL CONTRA TASA MUNICIPAL. Por numerosas quejas que viene recepcionando el CONSEJO DEFENSOR DEL CONTRIBUYENTE, USUARIO Y CONSUMIDOR de Jujuy, asociación habilitada legalmente para actuar, en representación de los consumidores del servicio de gas natural de Jujuy para consumo como destinatario final, en beneficio propio o grupo familiar o social presento ante la justicia federal de Jujuy una acción de amparo con medica cautelar en contra de la empresa NATURGY NOA S.A. Suc. Jujuy. Así lo informo el presidente y abogado de la asociación Dr. Alejandro C. Mur, indicando que la justicia federal es competente para entender y resolver la causa judicial ya que están en juego la vigencia y aplicación de normativa constitucional y federal, como la Resolución 267/2024 emitida por la Secretaria de Industria y Comercio del Ministerio de Economía de la Nación (complementaria o reglamenta de la LDC 24240) y porque NATURGY es licenciataria del servicio público de distribución de gas natural en las provincias del noroeste (Jujuy, Salta, Santiago del Estero y Tucumán). COMO CUESTIÓN DE FONDO solicitó que oportunamente emita sentencia haciendo lugar al amparo judicial y ordene a la empresa a cumplir de inmediato la Resolución N° 267/2024 y la Resolución N° 625/2024 del ENARGASA, respecto de la “tasa municipal 10%” incluidas en las facturas que entrega a los consumidores titulares del servicio de todas las municipalidades de la Provincia de Jujuy, para que quede eliminada, bajo apercibimiento de aplicársele sanciones; y ordene a
la distribuidora a refacturar sin la tasa municipal. Y como MEDIDA CAUTELAR el CODECUC solicito el juzgado disponga mantener la vigencia y efectos de la Resolución N° 267/2024 y de la Resolución N° 625/2024 del ENARGAS. Desde enero del cte año NATURGY debió cumplir con la Resolución N° 267/2024 y excluir de las facturas la tasa, ya que en Dic/2024 la justicia federal de Jujuy había hecho lugar a una medida cautelar solicitada únicamente por la Municipalidad de San Salvador que está en contra de la normativa del gobierno nacional y por resolución judicial se había suspendido los efectos de la Resolución 267, pero tal suspensión fue respecto de las tasas incluidas
“HASTA LA FECHA” en que se emitió tal resolución judicial (12/2024). Por lo que las tasas incluidas en las facturas con posterioridad a esa fecha deben ser excluidas por la empresa. Por lo que la asociación considera que no existe impedimento en hacer lugar al amparo y a la medida cautelar, y con más razón respecto de las otras municipalidades de la provincia distintas de la de San Salvador de Jujuy que no tienen ninguna resolución judicial que haya ordenado la suspensión de los efectos de la Resolución 267. El incumplimiento de esta normativa con la continuación de la inclusión de la tasa en las facturas afectas derechos de los consumidores como son a la protección de los intereses
económicos, seguridad, información cierta, clara detallada y comprensible, a condiciones de trato digno y equitativo, precio justo y razonable. Al incluir la tasa mezclándola con el consumo de gas natural y su precio, le genera al consumidor información confusa, incertidumbre, inseguridad, y es más grave para los que reciben factura por medio electrónico ya que NATURGY realiza una facturación encubierta de la tasa municipal porque no figura en las facturas, pero si la cobra. Resolución N° 267/2024 establece que en la relación de consumo la información que figura en las facturas que emiten los proveedores de bienes y servicios, debe referirse única y exclusivamente al servicio o producto
contratado específicamente por el usuario-consumidor y suministrado por el proveedor y le prohíbe bajo apercibimiento de aplicar sanción en caso de incluir en las facturas sumas o conceptos ajenos al servicio contratado por el consumidor como es la tasa municipal y otros conceptos y porcentaje. Y la Resolución N° 625/2024 determina que las prestadoras del servicio público de distribución de gas que
deben abstenerse de incorporar en la facturación cualquier concepto, sin dar previo cumplimiento a condiciones o autorizaciones.

Dr. Alejandro C. Mur – Presidente CODECUC y Abogado

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Jujuy: Gendarmes incautan más de 64 kilos de cocaína en el límite internacional fronterizo con Bolivia

Foto: Jujuy: Gendarmes incautan más de 64 kilos de cocaína en el límite internacional fronterizo con Bolivia

Allí, los funcionarios detuvieron a una ciudadana que se ocultaba entre la vegetación, cargando una mochila con estupefaciente.
Asimismo, se hallaron otros tres bultos similares abandonados.

Mientras integrantes del Grupo de Sistema Tecnológico de Vigilancia de Frontera (SITEVIF) del Escuadrón 21 “La Quiaca”, realizaban un patrullaje nocturno a pie sobre el limite internacional fronterizo conocido como “La Cantera”, fueron alertados por el operador del sistema de cámaras de vigilancia sobre la presencia de cuatro personas que ingresaban al país con mochilas por un paso ilegal.

Al advertir la presencia del personal de la Fuerza, los ciudadanos arrojaron los bultos y huyeron rápidamente hacia el río internacional que limita con el Estado Plurinacional de Bolivia.

Ante la oscuridad del terreno, se solicitó refuerzo a la Unidad para desplegar un operativo cerrojo y de rastrillaje en la zona. Como resultado, se logró la detención de una ciudadana de nacionalidad boliviana que se encontraba oculta entre la vegetación, portando una mochila. En los alrededores fueron halladas otras tres mochilas abandonadas.

Tras informar del hecho a la Unidad Fiscal Federal de Jujuy, se ordenó el traslado de la mujer detenida y de los elementos secuestrados al asiento del Escuadrón para realizar la requisa correspondiente.

Durante la inspección, personal de Criminalística y Estudios Forenses halló en el interior de las cuatro mochilas un total de 60 paquetes rectangulares envueltos en nylon negro. Las pruebas de orientación de campo Narcotest arrojaron resultado positivo para cocaína, con un peso de 64 kilos 510 gramos.

El Magistrado interviniente dispuso el decomiso de la sustancia estupefaciente y la detención de la ciudadana boliviana por infracción a la Ley 23.737.

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La Policía Federal Argentina detuvo en Palpalá a un fugitivo internacional por abuso sexual

Foto: La Policía Federal Argentina detuvo en Palpalá a un fugitivo internacional por abuso sexual

Siguiendo los lineamientos del Ministerio de Seguridad Nacional, en un operativo coordinado entre la División UNIDAD OPERATIVA FEDERAL JUJUY de la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA e INTERPOL, se logró la detención de un ciudadano de doble nacionalidad boliviana-argentina en la ciudad de Palpalá.

El individuo era intensamente buscado por la justicia de Bolivia desde el año 2023 por graves acusaciones de abuso sexual, poseyendo notificación roja.

El sujeto, imputado por violación en dos hechos donde las víctimas eran menores de edad, intentaba pasar desapercibido y eludir la acción judicial, amparándose en su doble nacionalidad.

La Oficina Central Nacional Buenos Aires de Interpol, tras obtener información sobre la posible ubicación del fugitivo en territorio jujeño, coordinó esfuerzos con el personal de la DUOF JUJUY.

Tras su detención, el ciudadano fue puesto a disposición de la Justicia Federal de Jujuy, marcando un importante avance en la cooperación internacional para garantizar que los acusados de delitos graves sean puestos a disposición de la justicia.

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