SOCIEDAD

Albizo pidió más criterio a la hora de sancionar a los agentes de las fuerzas de seguridad

Foto: Facebook

El Presidente de la Coalición Cívica ARI en Jujuy, Lic. José María Albizo Cazón, radicó un escrito ante el Jefe del Servicio Penitenciario, Inspector General Ariel Cari, en pos de institucionalizar su respaldo a las fuerzas de seguridad. Preocupación ante disposiciones arbitrarias, solicitud de razonabilidad en el criterio de suspensión y pedido de convocatoria a discutir con participación de los agentes, un nuevo Régimen Disciplinario, después de más de 40 años.

✍ El Lic. Albizo Cazón, quien cabe recordar fue el único político en expresarse en defensa de los penitenciarios tras el motín que ocurrió en el Penal N° 1 de Gorriti en el año 2020,  presentó días atrás ante el Servicio Penitenciario de Jujuy, un escrito mediante el cual transmitió su preocupación por el criterio de suspensión preventiva que deriva en la quita y/o retención de haberes de los agentes (pudiendo dicha alcanzar entre el 50% y el 100%), siendo ésta, una medida tomada a veces sin pruebas suficientes.

💬 “Debo expresarle mí aflicción por la posibilidad de que los grupos familiares de éstos, puedan caer en contextos de indefensión alimentaria, tan solo como una de las vastas consecuencias que puedan devenir, por cuanto también debemos considerar la eventual imposibilidad de uso de la obra social […]. Sin contar demás daños y perjuicios que puedan ver acarreados por dicha disposición”, expone.

👉 En función de ello, es que el líder de la CC-ARI propuso un criterio de interpretación del Capítulo XXII del Decreto N° 3391-G/78 -por cuanto señala éste no es taxativo-, donde insta por consecuencia tomar como parámetros razonables e irreprochables de ésta medida: expresa flagrancia, vasta acumulación de pruebas que funden la medida o bien, sentencia en primera instancia. “Ello, por cuanto no obstante, en caso de ejecutarse ante un inocente, se constituye inalterablemente en la comisión de un delito, además de un escándalo ético”, transmitió el Lic. Albizo Cazón.

📌 Sumado al criterio propuesto, transmite que existe mediante la sugerencia codificada en el escrito presentado “la posibilidad de dotar entonces de un deber ser con raigambre constitucional a su interpretación. Y es que el art. 18 de nuestra Constitución Nacional cimienta el principio de presunción de inocencia, el cual, más que claro es, es válido también para los miembros de nuestras fuerzas de seguridad”.

🗣 “Me encuentro convencido de que, así como debe caer todo el peso de la ley sobre aquellos funcionarios públicos que carezcan en el desempeño de sus funciones de honestidad, idoneidad, diligencia, lealtad, imparcialidad, probidad, rectitud, desinterés personal, dignidad, buena fe, austeridad, respeto a los derechos humanos y compromiso con el estado de derecho y el orden jurídico institucional: es obligación acompañar y defender a todo aquel, que en el ejercicio de su cargo y/o responsabilidad, sí gozara de las cualidades vertidas”, continuó.

📌 Y por último, destacándose que la intervención del líder de la CC-ARI fue a raíz de distintas solicitudes que le cursaron propios miembros de la fuerza, por quienes además pidió evaluar se pueda iniciar, con participación de los agentes, un proceso de discusión del Régimen Disciplinario -el cual tuvo nacimiento en un gobierno de facto-, éste sentenció que “es imprescindible permitir sentirse escuchados y protegidos, para la continuidad del correcto desempeño de sus tareas con honorabilidad, profesionalismo responsabilidad, entrega y justicia, a los miembros de las fuerzas de seguridad”.

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