SOCIEDAD

Si ganás menos de $1.980.000 brutos mensuales, no pagás ganancias

Foto: Facebook

El Senado de la Nación convirtió en ley la reforma del Impuesto a las Ganancias propuesta por el Ejecutivo. De esta manera, se hicieron permanentes los cambios que habían sido establecidos de manera provisoria por el Decreto 473/2023, que estará vigente hasta el próximo 31 de diciembre.

En este sentido, el cambio más significativo señala que sólo deberán pagar Ganancias las personas humanas con haber superior a 15 Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (SMVM), lo que hoy equivale a un monto de $1.980.000 brutos mensuales. Los contribuyentes tributarán de acuerdo a la diferencia entre el haber y el mínimo establecido y las alícuotas irán del 27% al 35%, según el nivel de ingresos de los contribuyentes.

La escala estará definida también en términos de SMVM, lo que lleva implícita una actualización continua de dos veces al año (1° de enero y 1° de junio), por lo que no será necesario apelar a nuevos proyectos y votaciones en el Congreso para determinar las futuras actualizaciones del mínimo no imponible.

Fuente: Infobae

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